Cambios Fiscales Anexo 20 CFD y CFDI para julio de 2012

El Senado de la República anunció cambios en el esquema de la Facturación Electrónica para el año 2012 en Octubre de 2011. Dichos cambios impactan de distintas formas tanto a los emisores como a los receptores de factura electrónica, por lo que debemos realizar las acciones necesarias para no tener ningún problema antes del 1º de Julio de 2012

1.    El nombre o Razón Social del emisor ahora es opcional.

2.    El domicilio del emisor ahora es opcional.

3.    El concepto de nombre de Aduana (para los importadores) ahora es opcional.

4.    El concepto de número de parte (para artículos importados) ahora es opcional.

5.    La unidad de medida de los artículos, productos o servicios facturados ahora es requerido. Se debe tomar como base el Sistema General de Unidades de Medida al que se refiere la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización y las demás aceptadas por la Secretaría de Economía.

6.    El método de pago ahora es requerido. Se debe indicar la forma en que se pagó o se pagará la factura, donde las opciones pueden ser: cheque, transferencia bancaria, depósito en cuenta bancaria, tarjeta de crédito, efectivo, etc. Cabe señalar que la RMF 2012 señala que si no conocemos el dato, podemos indicar en ese campo  la leyenda “No identificado”.

7.    Número de cuenta de pago. Este dato es nuevo y se refiere a los 4 últimos dígitos de la cuenta bancaria o tarjeta de crédito que se usará o se usó para hacer el pago. Este dato es opcional y puede ir vacío.

8.    Folio Fiscal Original y Serie del Folio Fiscal Original. Este dato se refiere al folio fiscal (cuando es un CFDI) o folio y serie (cuando es un CFD) del comprobante que ampara el total de una factura que se pagará en parcialidades. Este dato se debe indicar en los subsecuentes comprobantes de cada parcialidad, dentro de la descripción de conceptos a facturar. Es opcional.

9.    Fecha del Folio Fiscal Original. En referencia al punto anterior, la fecha  en que se expidió el comprobante original que ampara el total de la venta a parcialidades. Este dato se debe indicar en los subsecuentes comprobantes de cada parcialidad, dentro de la descripción de conceptos a facturar. Es opcional.

10.    Total del Folio Fiscal Original. En referencia al punto anterior, el total de la factura que se expidió de la venta en parcialidades. Este dato se debe indicar en los subsecuentes comprobantes de cada parcialidad, dentro de la descripción de conceptos a facturar. Es opcional.

11.    Régimen Fiscal. Se debe indicar el régimen o regímenes fiscales en los que tributa el contribuyente. Como ejemplos existen: Régimen General o Régimen Intermedio. Este campo es obligatorio.

12.    Lugar de Expedición. Se debe indicar el lugar donde se ha expedido el comprobante. Como ejemplo, puede indicarse Matriz o Sucursal. Este campo es obligatorio.

13.    Los cambios relacionados con el Artículo 29-C generan los comprobantes simplificados, donde se hace referencia a emitir un comprobante de manera sencilla. Se privilegiaran los comprobantes simplificados hechos por medio de máquinas registradoras o equipos de comprobación fiscal. Asimismo, le libera de emisión cuando el pago se hizo con tarjeta.

14.    Además, habrá infracciones relacionadas con la obligación de llevar la contabilidad, mencionadas en el Artículo 83. No se podrán expender comprobantes fiscales si no cumple con las modificaciones al CFF, así como por expedir comprobantes fiscales asentando la clave del RFC de una persona distinta a la que adquiere el bien o el servicio, o a la que contrate el uso o goce temporal de bienes. Y  finalmente, dar comprobantes que señalen corresponder a donativos deducibles sin contar con la autorización para recibir donativos deducibles.

 

Microsip ya está listo con estos cambios. No esperes más y actualízate.

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5 comentarios

  1. La fecha de la obligacion no era el 1ero de junio?? pregunto porque no hemos actualizado nuestro sistema microsip todavia seguimos en 2011.

    Gracias

  2. Buen día. La fecha de la obligación era el 1 de enero de 2012 pero el SAT dio una prórroga al 1 de julio de 2012 como fecha límite, sin embargo ya muchas empresas están trabajando con el nuevo esquema de facturación, pues si te esperas hasta el 1 de julio para actualizar es muy probable que algunas de tus facturas no sean válidas al seguir con el esquema anterior. Saludos.

  3. Buen día Jaime. Microsip cuenta con varias opciones integradas respecto a este tema que mencionas. Voy a pedir a un consultor que se ponga en contacto contigo. Saludos.

  4. Hola a todos… Adquirimos el paquete de ventas y facturacion electronica, solo que no nos han dicho si es necesario actualizar el sistema para la nueva version de 2.0 a 2.2. para CFDs.

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